Vacuna fiebre amarilla
Si está planeando viajar a alguno de los países considerados de riesgo de transmisión de fiebre amarilla, es importante cumplir con el requisito de vacunación contra esta enfermedad, que será obligatorio a partir del 11 de marzo de 2025.*
Esta medida, que ya se aplica en varios países africanos desde hace años, se extiende ahora a algunos países de América.

VACUNA FIEBRE AMARILLA: CUÁNDO Y CÓMO
A continuación, le ofrecemos la información práctica y actualizada sobre este importante requisito para los viajeros costarricenses.
Quién debe vacunarse:
a) La vacunación está indicada en todos los viajeros, mayores de 9 meses de edad no vacunados, que viajen hacia y desde los países de riesgo, a menos que pertenezcan a un grupo de personas para las que la vacunación contra la fiebre amarilla esté contraindicada.
b) La vacuna debe administrarse, al menos, 10 días antes de entrar en un área endémica ya que la inmunidad protectora puede no alcanzarse hasta que, al menos, haya transcurrido este tiempo.
c) No debe administrarse a niños menores de 6 meses edad. Podría utilizarse excepcionalmente entre 6 y 9 meses de edad en situaciones concretas, donde el riesgo de exposición sea muy elevado. En estos casos la dosis también sería de 0.5 mL. A no ser que se trate de circunstancias inaplazables, ningún niño menor de 9 meses debería viajar a zonas donde la fiebre amarilla sea endémica
Requisitos para la vacuna contra la fiebre amarilla
Vacunación obligatoria: A partir del 11 de marzo, 2025, será obligatorio que los pasajeros que viajen hacia o desde los países de riesgo presenten un Certificado Internacional de Vacunación contra la fiebre amarilla para visitar los nuevos países incluidos en la lista. Los países previamente incluidos requieren del certificado de forma inmediata. Este certificado debe ser obtenido después de recibir la vacuna.
¿Dónde obtener la vacuna?: La vacuna se administra solo en farmacias privadas. Después de recibirla, se le entregará un documento que debe presentar en la Dirección de Área Rectora de Salud de su localidad. Allí se emitirá el certificado correspondiente. Recuerde que la vacuna debe aplicarse al menos 10 días antes de su viaje, ya que este es el tiempo necesario para que sea efectiva.
Escasez y disponibilidad: Puede haber escasez de la vacuna, por lo que se recomienda asegurarse de obtenerla con anticipación. En caso de que no cuente con el certificado de vacunación, no podrá abordar el vuelo. Si el desabastecimiento no permitiera adquirir la vacuna, se deberá esperar noticias sobre las medidas que defina el MInisterio de Salud.
Responsabilidad de las aerolíneas: Es responsabilidad de cada aerolínea verificar que los pasajeros cuenten con el certificado válido antes de permitirles abordar. Si el pasajero no tiene el certificado requerido, no podrá ser abordado, y será su responsabilidad.
Excepciones:
Existen ciertas exenciones para la vacunación:
Menores de 9 meses.
Personas con alergia severa al huevo.
Inmunosupresión. Personas que recibieron un trasplante de células hematopoyéticas después de la vacunación anterior y que han recuperado la inmunocompetencia (al menos, 2 años después del trasplante y sin evidencia de enfermedad injerto contra huésped), se pueden vacunar, considerando riesgo beneficio según criterio médico del especialista. Al momento de la vacunación de desear ser vacunados debe informar su condición de salud al personal de salud y presentar el respectivo certificado médico, que indique puede ser vacunado.
Personas con enfermedad del timo actual o historia de haberla padecido.
Asimismo, se consideran las siguientes contraindicaciones relativas, sujetas a valoración médica:
Personas de 60 años o más. A partir de los 60 años, la vacunación tiene una contraindicación relativa, que debe ser valorada en función de criterio médico; si no se puede vacunar, se debe contar con un certificado médico para tal fin.
Mujeres embarazadas. En caso de Mujeres que recibieron la dosis anterior estando embarazadas: deben recibir una nueva dosis antes de su siguiente viaje o exposición.
Mujeres en lactancia.
Hipersensibilidad a la gelatina.
Infección asintomática con VIH, con verificación laboratorial de adecuada función del sistema inmune. Personas con infección por VIH (recuento de CD4 200-499/μl) u otras formas de inmunodeficiencias o con tratamientos inmunosupresores, deben recibir refuerzos cada 10 años mientras se mantengan o vuelvan a zonas endémicas. Personas con infección por VIH (recuento mayor a 500/ μl) se vacunan en caso de que viajen hacia y desde los países de riesgo, considerando riesgo beneficio según criterio médico del especialista. Al momento de la vacunación de desear ser vacunados debe informar su condición de salud al personal de salud y presentar el respectivo certificado médico, que indique puede ser vacunado. Otras condiciones que presuntamente comportan cierta inmunodepresión como la malnutrición intensa, se pueden vacunar, considerando riesgo beneficio según criterio médico del especialista
Cualquier excepción debe ir respaldada por el certificado médico correspondiente.
Si presento alguna contraindicación absoluta o médica para no colocarme la vacuna ¿qué debo hacer si quiero viajar a alguno de los países o zonas de riesgo?
Todas las personas que habitan en el país que van a viajar a los países o zonas geográficas considerados de riesgo que no puedan vacunarse contra fiebre amarilla por una contraindicación médica absoluta o relativa de las referidas, deberán presentar un certificado médico (no epicrisis), extendida por su médico tratante, donde exponga las causas de fuerza mayor por las que no puede ser vacunado.
De cumplirse con estos requisitos, el certificado será avalado antes de su salida por el Ministerio de Salud con sello y firma de la Dirección del Área Rectora de Salud.
En el caso de extranjeros no residentes con contraindicación para la vacunación contra fiebre amarilla que provengan de países o zonas geográficas de riesgo, deberán aportar previo al ingreso a territorio nacional, certificado médico avalado por la autoridad sanitaria nacional del país de donde proviene.
Si hago escala en uno de los países que aparecen en la lista de países con transmisión de fiebre amarilla ¿debo de contar con la vacuna contra la fiebre amarilla?
Están exentos de presentar el Certificado Internacional de Vacunación contra la Fiebre Amarilla, las personas que se encuentren en calidad de tránsito en aeropuerto o puerto nacional, entendiéndose tránsito cualquier condición en que el pasajero o la tripulación no sale de las instalaciones aeroportuarias o del barco, y por tanto no pasa por el proceso de migración.
Además, tratándose de los barcos, estarán exentos de la presentación de dicho documento, las personas que desciendan y permanezcan en el puerto durante el atraque.
Países de riesgo de transmisión de fiebre amarilla
A continuación, se presenta la lista actualizada de países donde se requiere la vacunación obligatoria:
América:
Bolivia
Brasil
Colombia
Ecuador
Guyana
Guyana Francesa
Paraguay
Perú
Surinam
Venezuela
Trinidad y Tobago
África:
Angola
Benín
Burkina Faso
Burundi
Camerún
República de África Central
Chad
República del Congo
República Democrática del Congo
Costa de Marfil
Guinea Ecuatorial
Etiopía
Gabón
Gambia
Ghana
Guinea
Guinea Bissau
Kenia
Liberia
Mali
Mauritania
Níger
Nigeria
Senegal
Sierra Leona
República de Sudán del Sur
Ruanda
Sudán
Tanzania
Togo
Uganda
Zambia
Importante: Se eliminaron las excepciones por zonas específicas de algunos países como Colombia o Perú, aplica para el total del territorio, en cada caso.
¿Cómo tramitar el certificado?
El trámite para obtener el Certificado Internacional de Vacunación se realiza a través del Ministerio de Salud en la sucursal de su localidad. Puede obtener más detalles sobre el proceso y consultar los requisitos específicos en este enlace.

Si tiene el certificado, pero está vencido
Aunque esté vencido, puede renovarlo, siempre y cuando originalmente fuese emitido en Costa Rica, presentándose en la sucursal del Ministerio de Salud más cercana a su localidad, con el respaldo correspondiente.
Conclusión
Es importante tomar las medidas necesarias con anticipación para cumplir con este requisito de vacunación y evitar contratiempos al viajar.
Recuerde que, a partir del 11 de marzo de 2025, será obligatorio presentar el Certificado Internacional de Vacunación contra la fiebre amarilla para reingresar a Costa Rica desde los países de América incluidos en la lista, o viajar hacia ellos, además de los países africanos donde este requisito ya se aplica desde hace varios años.
* Originalmente a partir del 11 de enero, 2025 y reformado por el Ministerio de Salud el 27 de enero, 2025.
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